¿Qué incluye nuestro servicio?
Nos encargamos de la contabilidad completa de tu empresa: registro de operaciones, cierres mensuales y anuales, elaboración de balances, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil. Te ofrecemos información económica clara y actualizada para que tomes decisiones con datos fiables sobre la situación real de tu negocio.
La contabilidad no es solo una obligación legal: usada correctamente es una herramienta de gestión que permite anticipar problemas de tesorería, medir la rentabilidad real de cada línea de negocio y presentar cuentas solventes ante bancos, inversores o proveedores. Por eso en ASETEM no nos limitamos a introducir asientos: revisamos periódicamente la evolución de tus cuentas, te avisamos de desviaciones relevantes y te explicamos los números en un lenguaje comprensible, sin necesidad de que tengas conocimientos contables previos.
Trabajamos tanto con sociedades mercantiles como con autónomos en estimación directa que necesitan llevar sus libros contables conforme a la normativa vigente.
Nuestros servicios de asesoría contable
- Contabilidad completa según el Plan General Contable
- Registro de facturas, cobros y pagos
- Cierres mensuales, trimestrales y anuales
- Elaboración de balances de situación y cuenta de pérdidas y ganancias
- Formulación y depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil
- Análisis económico-financiero del negocio
- Informes de gestión para la toma de decisiones
La contabilidad como herramienta de gestión
Una contabilidad bien llevada no es solo una obligación legal: es una herramienta fundamental para conocer la situación real de tu empresa y tomar mejores decisiones. En ASETEM te proporcionamos información clara, actualizada y comprensible sobre la evolución económica de tu negocio.
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Preguntas frecuentes
- ¿Qué empresas están obligadas a llevar contabilidad?
- Todas las sociedades mercantiles (SL, SA, cooperativas, etc.) están obligadas a llevar contabilidad conforme al Código de Comercio. Los autónomos en estimación directa también deben llevar determinados libros contables o registros, aunque de forma simplificada respecto a una sociedad.
- ¿Cuándo hay que depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil?
- El proceso sigue un calendario fijado por ley: las cuentas deben formularse dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio, aprobarse en junta general dentro de los seis meses, y depositarse en el Registro Mercantil en el mes posterior a su aprobación.
- ¿Cuál es la diferencia entre una gestoría y una asesoría contable?
- Una gestoría suele centrarse en la tramitación administrativa puntual, mientras que una asesoría contable como ASETEM hace un seguimiento continuo de tus cuentas durante todo el año, con análisis y recomendaciones, no solo el registro de operaciones.